La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2026 trajo cambios importantes en el proceso de cancelación de CFDI, especialmente en los comprobantes emitidos con errores y en los Complementos para Recepción de Pagos (REP).
Aunque muchos contribuyentes aún observan en los sistemas del SAT o PAC el estatus “Cancelable sin aceptación”, en la práctica varios comprobantes ahora deben pasar por un proceso de aceptación del receptor.
¿Qué cambió en 2026?
Con las nuevas disposiciones fiscales, cuando se solicita la cancelación de ciertos CFDI:
- El comprobante cambia a estatus “En proceso de cancelación”.
- El SAT genera un acuse de solicitud.
- El receptor recibe una notificación mediante el Buzón Tributario.
- El receptor cuenta con 3 días hábiles para aceptar o rechazar la cancelación.
- Si no existe respuesta, el CFDI se cancela automáticamente por plazo vencido.
Esto ha generado dudas porque algunos sistemas todavía muestran ciertos comprobantes como “cancelables sin aceptación”.
¿Cómo cancelar un CFDI emitido con errores con relación?
Cuando un CFDI contiene errores y necesita ser sustituido, el SAT establece un procedimiento específico que debe seguirse en orden correcto.
Paso 1: Emitir el CFDI corregido
Primero debe generarse el nuevo CFDI que corrige el error.
Durante la emisión se debe utilizar:
- Tipo de relación:
- 04 – Sustitución de los CFDI previos
En el nodo “CFDI Relacionado” se captura el UUID (folio fiscal) del CFDI incorrecto.
Paso 2: Solicitar la cancelación del CFDI incorrecto
Una vez emitido el CFDI correcto, se procede a cancelar el comprobante original.
En la solicitud de cancelación debe seleccionarse:
- Motivo:
- 01 – Comprobante emitido con errores con relación
Posteriormente se captura el UUID del nuevo CFDI como folio de sustitución.
¿Por qué es importante seguir este orden?
El SAT valida que el CFDI sustituto exista antes de permitir la cancelación correcta del comprobante anterior.
Por ello:
✅ Primero se emite el CFDI nuevo
✅ Después se solicita la cancelación del CFDI incorrecto
Si se intenta cancelar primero y timbrar después, pueden generarse inconsistencias fiscales o rechazos en el proceso.

Descubre como realizarlo en tu cuenta de iTimbre : https://itimbre.com/manual-anadir-relacion-04-sustitucion-de-los-cfdi-previos-en-ifactura/
Más información
Para revisar la información completa sobre cancelaciones con aceptación, puedes consultar directamente la documentación oficial del RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2026:
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